Otra vuelta de tuerca al factor de impacto

Cada año hay más voces críticas contra el temido factor de impacto a la hora de medir la producción investigadora de un profesional, pero no hay una alternativa sencilla o más objetiva. La mayor parte de los baremos para medir los méritos de un profesional en cuanto a sus artículos científicos centran su interés en el medio en el que se publican, y no en la calidad del propio artículo. Tienen una confianza casi ciega en los filtros de cada revista y así suponen que un artículo publicado en una revista del primer cuartil es mejor que uno publicado en una revista de segundo cuartil.


Las voces contra la tiranía del factor de impacto van creciendo, pero ahora se suma una muy fuerte: la de los jueces. En la sentencia 986/2018 del Tribunal Supremo  (junio de 2018), se estima un recurso de casación interpuesto por una profesora de universidad del ámbito de la economía. Las afirmaciones de la sentencia son muy claras:

– “no es suficiente para decidir si las aportaciones sometidas a la evaluación de la Comisión Nacional merecen o no un juicio técnico favorable o positivo, la consideración de la publicación en la que han aparecido
– “resulta claro que es el trabajo, la aportación, no la publicación, el que ha de valorarse en función de si contribuye o no al progreso del conocimiento, si es o no innovador y creativo o meramente aplicativo o divulgador
– “las investigaciones, las aportaciones presentadas por los interesados, no pueden dejar de examinarse sólo por el hecho de que no se publicaran en las revistas o medios incluidos en los índices o listados identificados […]  Dependerá de su contenido la evaluación que merezcan

El gran problema que plantea esta sentencia es la dificultad y complejidad que implica leer y evaluar la producción científica de cada persona, sin recurrir a índices o filtros previos. Hay alternativas al factor de impacto, pero en ningún caso son herramientas directas, ya que evalúan la calidad en base a las citas de cada artículo (como los índices G o H) y no siempre las citas se asocian con la calidad de un original. Un problema complejo de muy difícil solución.

Un buen resumen de toda la sentencia es este titular de El País: La justicia obliga a leer los trabajos para acreditar los méritos de investigación en la Universidad. Además, os recomendamos la lectura de dos textos que comentan esta sentencia, por un lado este enlace de Aula Magna 2.0, y por otro este editorial de Nure Investigación.

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